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Novedades Renta 2020

Novedades Renta 2020

La campaña de la renta 2020 ya ha dado su pistoletazo de salida, pero si eres de los que todavía no la ha presentado, toma nota de los aspectos a tener en cuenta, sobre todo si has estado en ERTE.

1- Como afecta el ERTE a la Declaración de la Renta

Todos aquellos que han estado en ERTE pasan a tener un pagador más: el SEPE. Esa circunstancia supone que tienen la obligación de declarar las prestaciones recibidas, ya que son consideradas como rendimiento del trabajo y están sujetas a gravamen.

¿En que supuestos no será necesario realizar la declaración? Sólo si se da alguna de las siguientes circunstancias:

  • Si el importe percibido del segundo y restantes pagadores no supera los 1.500 euros, y la suma total de rendimientos del trabajo no supera los 22.000 euros.
  • Si el importe percibido del segundo y restantes pagadores supera los 1.500 euros, pero la suma total de rendimientos del trabajo percibidos en el ejercicio no supera los 14.000 euros.

En el caso de los autónomos, la prestación extraordinaria por cese de actividad también es considerada como rendimiento del trabajo, lo que implica que debe ser declarada.

Otra de las novedades significativas es la que aplica a las mujeres con hijos. Aquellas que hayan estado en situación de ERTE serán consideradas como sin empleo, lo que supone que no tendrán derecho a la deducción por maternidad ni a la ayuda de guardería.

2- Nuevo tramo de gravamen

Este año se aplica un nuevo tramo de gravamen estatal sobre la renta. Mientras que el año pasado había 5 tramos, este año se añade otro al que se le aplicará un tipo del 24,50%.

En cuanto a las rentas del ahorro, que son aquellas referidas al cobro de un seguro de vida, intereses en cuentas y depósitos de ahorro, venta de acciones o donación de bienes, se añade un nuevo tramo. En este ejercicio todos los que superen 200.000 tributarán un 26%.

3- Deducciones planes de pensiones

Existe una disminución del importe que se puede aportar a los planes de pensiones. Las limitaciones para la declaración de este año son los siguientes:

  • Las aportaciones realizadas de carácter personal a un plan de pensión son deducibles hasta los 2.000 euros al año y en los planes de pensiones realizados por empresas el límite se encuentra en los 8.000 euros al año.
  • La aportación máxima que se puede deducir cuando se realiza una aportación al plan de pensiones del marido o la mujer es de 1.000 euros al año.
  • La aportación que se realiza a seguros privados de dependencia tiene un límite de deducción de 2.000 euros al año.
4- Impuesto a las loterías

Los premios conseguidos por parte de loterías cuyo importe no supere los 40.000 euros están exentos de tributación en la renta.

En este enlace os recordamos las fechas importantes a tener en cuenta.

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